Uno de los grandes malentendidos de la política
contemporánea —particularmente en Estados frágiles como Bolivia— consiste en
asumir que el orden democrático es, por sí mismo, suficiente para garantizar
estabilidad, gobernabilidad y progreso. Esta ilusión normativa ha llevado a
confundir medios con fines, procedimientos con poder efectivo, y derechos con
capacidad real de gobierno. El resultado ha sido un deterioro progresivo de la “autoridad
del Estado” y una creciente incapacidad para sostener decisiones estructurales
de largo plazo dentro de los gobiernos democráticos. Este es el núcleo de los
conflictos en torno del Decreto Supremo 5503, pues su implementación, ahora se
relaciona con las capacidades gubernamentales para imponer la autoridad
estatal.
En términos analíticos, es necesario distinguir entre dos
órdenes distintos, pero no equivalentes: el “orden político-estatal”, basado en
la soberanía de la autoridad política con poder delegado en las elecciones
democráticas, y el “orden democrático-constitucional”, centrado en la
protección de los derechos y la limitación del poder. Ambos son necesarios,
pero no simétricos. Cuando entran en conflicto, solamente uno puede prevalecer
sin destruir al Estado mismo.
El orden político-estatal tiene como eje central la
preservación de la unidad, la coerción legítima y la capacidad de decisión, que
es lo que se necesita para llevar adelante el Decreto 5503. Su función primaria
no es garantizar libertades abstractas, sino evitar la disolución del cuerpo
político, impedir que los conflictos sociales degeneren en guerra interna,
fragmentación territorial o parálisis institucional. Desde las ideas de
pensadores clásicos como Thomas Hobbes hasta el sociólogo alemán, Max Weber,
este orden se justifica por una premisa elemental: sin autoridad soberana, no
hay Estado y, por lo tanto, sin Estado, no hay tampoco derechos que puedan
sostenerse en el tiempo.
En cambio, el orden democrático emerge como una
arquitectura normativa destinada a limitar el poder estatal. La Constitución
Política del Estado, los derechos fundamentales, la separación de poderes y la
protesta social organizada cumplen una función indispensable en sociedades
consolidadas. Sin embargo, trasladados mecánicamente a contextos de debilidad
estatal y en medio de una cultura política autoritaria y destructiva desde las
bases sociales, estos mecanismos pueden convertirse en factores de
desestabilización permanente. La democracia, cuando se transforma en un campo
ilimitado de veto, judicialización y presión corporativa, deja de ser un
instrumento de gobierno y se convierte en un dispositivo de bloqueo e
ingobernabilidad.
Bolivia es un ejemplo elocuente de este choque no
resuelto entre dos tipos órdenes. Bajo el discurso de la “democratización”, se
ha erosionado sistemáticamente la autoridad estatal, tolerando —e incluso
legitimando— formas de acción colectiva que desafían abiertamente al Estado:
bloqueos prolongados, control territorial de sindicatos y organizaciones
sociales, justicia comunitaria sin control institucional y un uso estratégico
de los derechos para paralizar las decisiones públicas. El resultado no ha sido
la existencia de más democracia, sino de ingobernabilidad crónica.
Aquí se revela el núcleo del problema. Un orden
democrático sin un Estado soberano fuerte no produce libertad, sino anomia,
caos, desorden y violencia irrefrenable. Cuando cada actor social se arroga el
derecho de vetar políticas públicas en nombre de derechos abstractos, el
gobierno pierde su capacidad de imponer decisiones impopulares pero necesarias,
como el conjunto de los ajustes económicos del Decreto 5503. Y sin esa
capacidad de gobierno con soberanía estatal, no existen reformas estructurales
posibles, ni ajuste fiscal, ni reforma del sistema de pensiones, ni
transformación del aparato productivo, ni modernización institucional.
La teoría política clásica es contundente al respecto. El
politólogo alemán, Carl Schmitt, advertía que la soberanía se define,
precisamente, en la capacidad de decidir en situaciones excepcionales. Un
Estado que no puede imponer orden cuando el conflicto amenaza su existencia,
deja de ser soberano, aunque conserve una Constitución impecable. De manera
similar, el politólogo argentino, Guillermo O’Donnell, señalaba que en las democracias
delegativas o débiles, la ausencia de autoridad efectiva genera zonas de color marrón
donde el Estado simplemente no gobierna porque desaparece. En esos espacios, la
democracia no llega; reina el poder fáctico de los más abusivos y los más
fuertes. El Estado debe implementar una soberanía territorial, autoridad
competente y decisiones estratégicas para gobernar con eficacia.
Resolver el choque entre el orden estatal y el orden
democrático no implica abolir la Constitución, ni tampoco suprimir derechos,
sino reordenar jerárquicamente ambos principios. La soberanía de la autoridad
estatal debe prevalecer como condición de posibilidad de todo lo demás, incluso
para la continuidad del sistema democrático. Los derechos solo pueden ejercerse
dentro de un marco de obediencia al orden legal y a la decisión política
central. La protesta no puede convertirse en cogobierno; la judicialización no
puede sustituir la decisión política; y la pluralidad no puede derivar en
fragmentación.
Para Bolivia, esta definición no es un lujo teórico, sino
una urgencia histórica. Un país que necesita reformas estructurales profundas
—económicas, institucionales y culturales— no puede permitirse un Estado que se
convierta en rehén de minorías organizadas, corporaciones, sindicatos
prebendales o pulsiones de una supuesta identidad indígena intocable. La
democracia sin autoridad, es incapaz de sostener sacrificios colectivos y sin
sacrificios no hay transformación posible.
En última instancia, la disyuntiva es clara. O se
reafirma la soberanía del Estado como eje del orden político, o se acepta una democracia
a la deriva interminable, la cual puede embarrancarse hacia la ineficiencia y
el colapso gubernamental. No hay gobierno sólido sin autoridad; tampoco hay
reformas sin capacidad de imponer costos; y no hay futuro sin un Estado que
gobierne antes de deliberar indefinidamente.
La paradoja final es incómoda pero ineludible. Es
fundamental no retroceder e implementar el DS 5503, puesto que solamente un
Estado fuerte es capaz de proteger una democracia viable. Invertir este orden, es
decir, priorizar el orden democrático por encima del orden estatal, como ha
ocurrido en Bolivia, no conduce a más derechos, sino a la destrucción gradual
del gobierno y de todas las posibilidades de transformación económica.
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